¿Vives de alquiler? ¿Sabías que la deducción por arrendamiento NO viene en el borrador de Hacienda? Si tienes dudas sobre qué beneficios fiscales tienes por vivir en alquiler en la Comunidad Valenciana, aquí tienes todas las claves para que no se te pase ni un céntimo en tu próxima declaración de la renta:
Si estás alquilado en la misma vivienda antes del 1 de enero de 2015:
a) Puedes optar a la deducción estatal por alquiler de la vivienda habitual, siempre que tu base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.
b) También puedes optar a la deducción autonómica por arrendamiento de la vivienda habitual, pero siempre que el depósito de la fianza se haya constituido a favor de la Hacienda autonómica. El resto de requisitos son que el pago se efectúe por el banco y otros relativos a la base liquidable (que las sumas de las bases liquidables general y del ahorro no superen los 25.000 euros en tributación individual o 40.000 en tributación conjunta).
Si estás alquilado en la misma vivienda a partir del 1 de enero de 2015:
Sólo puedes optar a la deducción autonómica por arrendamiento de la vivienda habitual.
Si, independientemente de la fecha de alquiler, has tenido que cambiar tu residencia por motivos de trabajo a otro municipio:
Tienes derecho a la deducción autonómica por arrendamiento de una vivienda por actividades en distinto municipio. Los requisitos, además de que la distancia de la nueva vivienda con respecto a tu lugar de residencia anterior ha de superar los 100 km, son que el alquiler no te lo pague el empleador (la empresa) y que la fianza del alquiler haya sido depositada en la Conselleria de Hacienda. Los requisitos relativos al nivel de ingresos son los mismos que para la deducción autonómica de arrendamiento de la vivienda habitual.
¿Cómo puedes controlar que cumples todos los requisitos? Muy sencillo:
1. Si utilizas el sistema Renta WEB de la Agencia Tributaria, sólo te aplicará las deducciones en caso de que cumplas el requisito relativo a la base imponible o a la base liquidable. Si te pasas, el propio sistema no aplicará las deducciones.
2. El depósito de la fianza es obligatorio para aplicar las deducciones autonómicas. Pide al arrendador una copia del modelo 806 del depósito de la fianza y comprueba que ésta está sellada por el banco, verificándose el ingreso efectuado a favor de la Conselleria de Hacienda. Si la Agencia Tributaria comprueba que el depósito de la fianza no está ingresado en la Conselleria, te hará devolver las deducciones y posiblemente impondrá una sanción, así que… ¡Ten cuidado y asegúrate bien de que está todo en orden!
Y, sobre todo, te aconsejamos que contactes con un profesional para asesorarte en la confección de la declaración. Todos sabemos que Hacienda no se suele equivocar a nuestro favor… y, si se equivoca, no asume la responsabilidad.
Si quieres solicitar cita con nosotros para hacer tu declaración de renta, puedes enviar un e-mail a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o llamar al teléfono 963039662.