Hoy 14 de marzo ha sido publicada la convocatoria de las ayudas Valencia Activa Crea 2019. Si estás empadronado en Valencia y has iniciado tu actividad después del 1 de enero de 2017, no pierdas detalle:
El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas destinadas a financiar las altas de actividades económicas y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en lo sucesivo RETA) en las industrias creativas y culturales, con la finalidad de apoyar y fomentar la creación de actividad empresarial creativa y cultural en la ciudad de València.
Requisitos
Podrán concurrir aquellas personas físicas o jurídicas que lleven a cabo las actividades profesionales o empresariales que motivan la concesión de las ayudas, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se haya dado de alta en una actividad empresarial de las recogidas en los epígrafes del Anexo I de esta convocatoria. Para ello se tendrán en cuenta los epígrafes que figuren en el certificado de Situación Censal.
b) Que el inicio de esta actividad genere una nueva alta en el RETA. En caso de personas jurídicas, la nueva alta en el RETA debe ser de la persona administradora o de una de ellas. En ningún caso se aceptarán altas en mutualidades profesionales o similares.
c) La fecha de efectos de alta en el RETA debe ser simultánea a la fecha de alta del Certificado de Situación Censal y no distar de dicha fecha en más de un mes.
d) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención no haya estado de alta en dicho régimen en los últimos 6 meses.
e) Que el comienzo efectivo de dicha actividad empresarial y el alta en el RETA haya sido entre el 1 de enero de 2017 y la fecha de presentación de la solicitud.
f) Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención esté empadronada en la ciudad de València con una antelación mínima de tres meses a la fecha de alta en el RETA, empadronamiento que deberá mantenerse, como mínimo, hasta la fecha de la resolución.
g) Que, desde el inicio de la actividad, el domicilio fiscal de la empresa o persona física se encuentre en el término municipal de València.
h) No haberse beneficiado de las ayudas València Activa Crea en 2017 o 2018, ni de las Ayudas Emprén, Consolidart, Impuls Econòmic o Emplea, ni de los premios València Emprén ni de las distinciones a los proyectos participantes en el Itinerario de creación y consolidación de empresas, gestionadas por el Servicio de Empleo y Emprendimiento, en los ejercicios 2017, 2018 o 2019.
i) Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
j) No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.
k) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal (AEAT) y frente a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la ayuda, en su caso.
Quedan excluidas las entidades sin personalidad jurídica, las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro. También queda excluido el personal autónomo colaborador.
Plazo de presentación
Del 15 de marzo al 12 de abril de 2019.
Más información, aquí
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